Por lo menos 10 mil habitantes de la zona norte del pacífico se beneficiarán de la nueva ZEPA/ foto: crédito al autor

12 años después y luego haberse impartido la segunda orden de la sentencia 078 de 2020, los pescadores artesanales, consejos comunitarios, pesqueros industriales y alcaldías de Juradó, Bahía Solano, Nuquí y Bajo Baudó se aproximan a un crucial acuerdo consistente en ampliar y proteger la Zona Exclusiva de Pesca Artesanal-ZEPA, que beneficiaría a más de 10 mil habitantes que hacen parte de la cadena pesquera en esta zona norte del departamento del Chocó.  Codechocó, la máxima autoridad ambiental de esa región, no asistió a la decisiva asamblea.

El próximo 19 de abril el Ministerio de Ambiente se comprometió a enviar a todos los actores la propuesta oficial de la ZEPA.

Por Antonio Sánchez
Fuente/ Centro Socio jurídico para la Defensa Territorial-SIEMBRA

ANTECEDENTES Y PROPUESTA

Segunda orden de la sentencia 078 de 2020

Se ordenó al Ministerio de Ambiente, de Agricultura, a la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, – AUNAP y a la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó.- CODECHOCÓ, elaborar en cinco meses un estudio técnico para evaluar la necesidad del área mínima que se requiere para la ampliación de la Zona Exclusiva de Pesca Artesanal- ZEPA, –  con el objetivo de optimizar las medidas de manejo especial de la ZEPA y aclarando que las dimensiones de ésta no pueden ser menores a las que se encuentran vigentes.

Posición de las entidades

La AUNAP y el Ministerio de Agricultura presentaron el contrato 327 de 2021, por medio del cual realizaron un análisis de la pesca artesanal e industrial con énfasis en medidas de ordenación y emitieron un concepto en el que reconocen que hay estudios que validan la ampliación de la ZEPA, Pero no determinan el área mínima que se requiere para la ampliación de ésta.

En la segunda Mesa Ampliada realizada el 14 de julio de 2022, la AUNAP propone una ampliación de la ZEPA a 4 millas mar adentro con acuerdos espacios temporales con los caladeros de Aguacate, Cabo Marzo y Huina.

En la Audiencia de Verificación del 13 de septiembre de 2023, en la Mesa Ampliada del 5 de diciembre del mismo año, la AUNAP señaló que el producto del contrato de consultoría 327 de 2020, entre la AUNAP y Rodrigo Baos, la posición del gobierno es la no procedencia de la ampliación de la ZEPA, pues en la zona correspondiente, la AUNAP ya ha venido adelantando procesos de ordenación pesquera, en los cuales se han determinado otras figuras de manejo pesquero como la Zona Especial de Manejo Pesquero (ZEMP).

Con la configuración propuesta, la ZEPA ampliaría su extensión 2.29 veces con respecto a la actual (228.612 vs 99.879,5 hectáreas), abarcando prácticamente la totalidad de los caladeros de pesca artesanal y cobijaría la totalidad de los 13 sitios identificados como prioritarios para la conservación en ésta área del Pacífico colombiano, contribuyendo a su protección y buen manejo

La línea roja demarca la propuesta de ampliación por parte de la comunidad, y la línea azul clara que bordea la costa es el polígono actual/ gráfica 

Lo que dicen los accionantes

Consideran que la posición institucional desconoce todo proceso de litigio de esta acción popular y está en contravía de los establecido en la sentencia, pues lo que se debe determinar en esta orden son las dimensiones de la ampliación de la ZEPA, no de la propuesta de medidas restrictivas iguales o menores a las que se encuentran vigentes actualmente.

Ante la negativa de dar cumplimiento a esta orden, las comunidades accionantes presentaron una propuesta viable para la ampliación de la ZEPA.

Actual configuración de la ZEPA

Mediante la resolución 0899 de julio de 2013 de la AUNAP se establece de manera permanente la ZEPA con una franja de 2,5 millas contadas desde la línea de más baja marea hacia afuera de la costa.

Posteriormente, en la resolución 2724 de 2017 se clarificaron los límites de la Zona Especial de Manejo Pesquero (ZEMP) y se estableció que ésta semana se configuraría desde el límite exterior de la ZEPA hasta 22.5 millas mar afuera contadas a partir de la línea base recta.

Finalmente, el 4 de noviembre de 2022, la AUNAP expidió la resolución 2636, por medio de la cual unificó e incorporó medidas de ordenación pesquera en la ZEPA y en la ZEMP, ratificando nuevamente los límites de estas dos figuras. De manera que la configuración actual de la ZEPA es la siguiente:

Nueva propuesta de la ampliación de la ZEPA

Teniendo en cuenta que la actual delimitación de la ZEPA no satisface las necesidades sociales y ambientales para las que fue concebida esta figura de protección y que se ha presentado un retraso injustificado de casi 3 años para definir las dimensiones de ampliación de la ZEPA, las comunidades accionantes propusieron una configuración que consiste en una distancia de 2.5 millas náuticas hacia mar adentro cortadas desde la línea de base recta definida en el decreto 1436 de 1984.

Con la configuración propuesta, la ZEPA ampliaría su extensión 2.29 veces con respecto a la actual (228.612 vs 99.879,5 hectáreas), abarcando prácticamente la totalidad de los caladeros de pesca artesanal y cobijaría la totalidad de los 13 sitios identificados como prioritarios para la conservación en ésta área del Pacífico colombiano, contribuyendo a su protección y buen manejo

Un contexto aterrador

Los hechos que fundamentaron la demanda mediante una acción popular por parte del colectivo conformado por la Federación de Trabajadores de la Pesca Artesanal de la Costa Pacífica Chocoana -FEDEPESCA- y Consejo Comunitario de los Delfines, y apoyador por el Centro Socio jurídico para la Defensa Territorial-SIEMBRA-, fueron los siguientes:

  1. La actividad de pesca industrial que se desarrolla en la costa pacífica chocoana ha traído como resultado la alteración de los ecosistemas y de la diversidad biológica marina por cuenta de los siguientes aspectos:

a) La contaminación ambiental producida por los vertimientos de combustible al Océano Pacífico, que realizan los buques que practican la pesca industrial como una estrategia para que, cuando advierten que no necesitan utilizar más combustible, puedan hacer espacio para acumular un mayor número de especies capturadas. Dicho impacto también es consecuencia de la disposición de redes industriales en el fondo marino por parte de tales embarcaciones

b) La muerte de un alto porcentaje de distintos tipos de especies, tales como tiburones, tortugas, delfines y picudos, debido a las actividades mencionadas anteriormente, pero, principalmente, por el ejercicio de la denominada pesca “incidental”, “accidental” o “acompañante”, esto es, aquella que es capturada mediante técnicas industriales no selectivas -como el uso de redes de arrastre por barcos camaroneros- y que, por no ser apta para ser comercializada, es devuelta a las aguas.

c) La afectación de ecosistemas marinos por cuanto el ejercicio de la pesca “incidental”, “accidental” o “acompañante”, produce la interrupción de la cadena alimenticia, el crecimiento y la reproducción de otras especies -incluido el recurso pesquero como el camarón- y, especialmente, de las altamente migratorias como el atún, ya que al no encontrar alimento abandonan las costas chocoanas.

d) El peligro de extinción del recurso pesquero, debido a su sobreexplotación por parte de las flotas industriales de atún y de camarón en la costa pacífica chocoana, pues a pesar de estar dentro de los parámetros legales, tal accionar conduce a la disminución sustancial del mismo.

Con la ampliación de la ZEPA los pescadores artesanales tendrán mejores y más nutridas faenas/ fotos: Jorge Iván Chica

Empobrecimiento del sector

El desarrollo de la pesca de carácter industrial en la costa pacífica chocoana ha venido originando las siguientes afectaciones de carácter económico, social y cultural:

a) La calidad de vida de los pescadores artesanales de la zona ha empeorado por cuenta de la sobreexplotación que del recurso pesquero realizan los barcos industriales. Por cada kilo de camarón capturado salen de 7 a 10 kilos de pescado que no sirve y es arrojado muerto al mar. Un barco atunero que faena en la zona de Nuquí, Bahía Solano o Juradó, puede extraer, a menudo de forma ilícita al rebasar los límites donde le es permitido operar, un volumen de producción de 500 ó 600 toneladas por semana.

6 barcos industriales, que pueden emplear un total, de 80 personas, en un mes pueden sobre-explotar el recurso hasta llevarlo al peligro de extinción.

En efecto, aseguran los demandantes, que la consecuente mengua de este recurso ha ocasionado la grave disminución de la producción de pesca artesanal y de los ingresos económicos de los pescadores artesanales que dependen de esa actividad como su sustento económico. Lo anterior refleja la desigualdad y desventaja en el aprovechamiento del recurso entre los pescadores artesanales que utilizan técnicas sencillas de pesca, y las embarcaciones industriales que se valen de una tecnología que les permite detectar tanto corrientes marinas como el flujo y presencia de peces en los caladeros, facilitando así la realización de faenas de pesca arrasadora. Denuncian que los buques industriales han interrumpido el ejercicio de la pesca artesanal de los pobladores de la zona, arrasando sus artes de pesca -sobre todo los espineles- y atrapando las líneas de mano con las redes industriales en las áreas donde se encontraban faenando.

Gracias a la ZEPA, los turistas seguirán disfrutando con mayor frecuencia y tranquilidad, el espectáculo dancístico de las ballenas en las aguas de los municipios de Bahía Solano, Nuquí, Pizarro y Juradó/ foto crédito al autor

Inseguridad alimentaria

Los impactos ambientales y el agotamiento del recurso pesquero generados por la pesca industrial están poniendo en riesgo la seguridad alimentaria y la autonomía de abastecimiento de los municipios de la costa pacífica chocoana, al amenazar con la extinción de la pesca como una de sus actividades económicas fundamentales.

Los impactos ambientales ocasionados por la pesca industrial han comportado la afectación de los principales atractivos turísticos de la región, como las actividades de buceo y pesca deportiva, al igual que otros sectores económicos relacionados como son el de transporte y el hotelero.

 

La maravilla de la naturaleza se disfruta en el territorio de la ZEPA con el avistamiento de cardumen de peces multicolores/ foto crédito al autor

Especies amenazadas

La disminución de la producción la contabilizan en un 60% en el caso del atún y en un 80% en el caso de la Cherna y la Merluza.

Un barco atunero que faena en la zona de Nuquí, Bahía Solano o Juradó, puede extraer, a menudo de forma ilícita al rebasar los límites donde le es permitido operar, un volumen de producción de 500 ó 600 toneladas por semana. En el caso del municipio de Bahía Solano, la captura por parte de los pescadores artesanales es de unas 500 a 600 toneladas de pescado anuales, extraído exclusivamente con línea de mano.

señalan los demandantes que la pesca industrial no está generando beneficio para los habitantes del Pacífico, colombiano, ni directamente en forma de regalías, ni indirectamente en forma de empleo.

Los impactos ambientales y las situaciones económicas referidas se erigen como una amenaza en contra de la pesca artesanal, entendida esta como un conjunto de conocimientos heredados de generación en generación, alrededor de los cuales se han diseñado los proyectos de vida de esas comunidades y que constituyen un rasgo distintivo de su cultura. Además, las flotas que practican la pesca industrial, a pesar de las diferentes denuncias realizadas ante las autoridades competentes, no han sido sancionadas por violar el régimen de usos de la Zona Exclusiva de Pesca Artesanal -Z.E.P.A.- de los municipios de Juradó y Bahía Solano – Chocó, delimitadas por el Instituto Colombiano Agropecuario -I.C.A.

Esto se debe a que un 53,85% de toda la flota atunera, “aunque faenan en el Océano Pacífico Oriental, OPO-, desembarcan sus capturas en Cartagena y Barranquilla” así como algunos buques desembarcan en Ecuador, dejando en esas zonas todo tipo de aranceles y rendimientos.

Los dueños del territorio

El establecimiento de la ZEPA en los municipios de Juradó y Bahía Solano supone los siguientes compromisos: Las únicas actividades permitidas en la zona son la pesca de subsistencia, la pesca comercial artesanal y la pesca deportiva, y su práctica sólo podrá efectuarse a través de usos y artes respetuosos del ecosistema marino. Respecto a ello, los pescadores artesanales de la zona protegida han sustituido desde 2008 y de manera paulatina las herramientas e instrumentos que se apartaban de esa obligación, haciendo de su actividad un aprovechamiento efectivo y al mismo tiempo ambientalmente sostenible y responsable en este territorio marino.

 

Se prohíbe, en consecuencia, la explotación de La Zona Exclusiva de Pesca Artesanal por parte de embarcaciones de pesca comercial industrial y comercial exploratoria, so pena de las sanciones a que haya lugar de conformidad con la ley.

Saqueo en el mar

Además, los habitantes de la zona, entre ellos por supuesto personas dedicadas a la práctica de la pesca artesanal e incluso funcionarios de las instituciones a nivel local como el Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural – INCODER, con sede en Bahía Solano, han denunciado la violación de la prohibición establecida a las flotas industriales de realizar sus faenas de pesca en el área de la ZEPA en varias oportunidades.

El día 2 de mayo de 2006 fue capturado en Bahía Solano por la Guardia Costera de la Armada Nacional, en coordinación con la Capitanía de Puertos de este Municipio, quienes dejaron el caso a disposición de la autoridad competente (INCODER), la motonave pesquera NAZCA, con el producto de la misma, el cual asciende aproximadamente a 500 toneladas discriminadas así: 6 toneladas de sierra wahoo, y el excedente en atún aleta amarilla. Esta moto nave fue sorprendida a 6’7 millas de Punta Solano en flagrancia capturando con su red de cerco Atún aleta amarilla en una zona prohibida para la pesca industrial del ATUN.

El día 19 de abril de 2008, el barco TEMPLARIO, a 1km aproximadamente de la punta de Juan Tejada, hizo un encierro de un cardumen de atún sin tener en cuenta las lanchas de los pescadores artesanales presentes en ese momento, quienes estaban en plena faena, y que fueron obligadas por la flota industrial a retirarse para que ella procediera a la extracción de su captura. Ello ocurrió a sabiendas que se trataba de aguas pertenecientes a la ZEPA y además de ser zona prohibida para captura de atún, de acuerdo a la delimitación de la zona 1 prevista en la Resolución 1856 de 2004 del INCODER. Tales acciones nunca fueron sancionadas o evitadas por las instituciones.

El reclamo ante el juez

Dicha ZEPA. es de precaria extensión si se tienen en cuenta las necesidades sociales y ambientales de la población del litoral, debido a que la ZEPA cumple una función protectora no solo de la pesca artesanal o de pequeña escala como actividad vulnerable, sino también del ambiente y desarrollo sostenible, se hace conveniente su implementación con el millaje adecuado en el resto de la costa del Pacífico colombiano y para los demás municipios del país.

Las medidas que, hasta la fecha, han sido adoptadas por las autoridades competentes, aún son insuficientes ya que todavía no se logra la recuperación total de las tallas mínimas de los recursos pesqueros diezmados especialmente por la captura industrial indiscriminada.

El día 7 de noviembre de 2008 fue detenida por la Capitanía de Puerto de Bahía Solano la embarcación motonave MUSTANG por encontrarse dentro de la Zona Exclusiva de Pesca Artesanal (ZEPA) de los municipios de Juradó y Bahía Solano.

El 15 de marzo de 2010 la Armada Nacional interceptó el buque EL DORADO “sin tener los permisos correspondientes ni contar con el sistema de posicionamiento y seguimiento remoto por satélite aprobado por la autoridad marítima de Colombia”, cuyo uso es obligatorio.

En octubre de 2010, los pescadores artesanales denunciaron a la Subgerencia de Pesca y Acuicultura del INCODER la entrada de las motonaves GRANADIER y TUNA dentro del perímetro de la ZEPA, sin que los guardacostas actuaran con la debida rapidez para hacer cumplir las disposiciones de ley. A pesar de la interposición de estas y otras denuncias sobre la reincidente violación de la ZEPA y la transgresión de normas e incumplimiento de trámites obligatorios por parte de las flotas pesqueras industriales, las instituciones del Estado se han mostrado ampliamente indulgentes con el sector pesquero industrial, pues en los casos expuestos no se han hecho efectivas las medidas sancionadoras correspondientes, desconociéndose así la importancia de hacer efectiva la protección de figuras como la ZEPA o incluso de la misma actividad pesquera artesanal.

En Colombia hay 8 departamentos costeros, dentro de cuyas jurisdicciones existen un total de 46 municipios, que se ubican sobre las costas de los océanos Pacífico y Caribe. De esos 46 municipios costeros, 16 pertenecen al litoral Pacífico y los 30 restantes al litoral Caribe. Sin embargo, de todos esos municipios, siendo todos ellos de tradición pesquera artesanal, sólo dos cuentan con una zona exclusiva que protege la actividad y los ecosistemas de la intromisión y la explotación de tipo industrial.

Entre los días 14 y 15 de mayo, la AUNAP realizará en Bahía Solano la gran asamblea de pescadores y demás actores para escuchar la propuesta de la nueva resolución de la ZEPA

foto tomada de internet

 

El Pargo y el Bravo

Después de tres años de vigencia de la ZEPA, esta medida ya ha producido una mejora, aunque insuficiente aún, en las capturas de los pescadores de la zona, que explican cómo “han mejorado las tallas y han vuelto especies como el pargo, el dorado y el bravo, que anteriormente no salían”. Estos resultados positivos demuestran como la creación de áreas exclusivas para pesca artesanal también constituye una medida de protección del medioambiente y de garantía de la sostenibilidad de la producción.

Las flotas arrastreras o camaroneras, que pueden llegar a ser más de diez (10) al mismo tiempo, han sido vistas a menos de una milla de la costa; y las atuneras, que pueden ser hasta veinte (20), se acercan a menos de cinco millas de la costa, ejerciendo incluso allí su explotación excesiva y sin limitaciones, la cual, a pesar de estar dentro de los parámetros legales, genera igualmente unos graves impactos ambientales.

Ésta ZEPA alcanza una extensión máxima de 2,5 millas náuticas hacia el mar y su existencia supone, por lo menos en términos teóricos, la prohibición a las flotas industriales de explotar las áreas marinas que se encuentran demarcadas en su interior.

Al decir de la petición popular, para obtener la restitución de los derechos colectivos contemplados en la ley se requiere la adopción de las siguientes medidas:

1- Ordenar a las entidades demandadas diseñar e implementar, con carácter urgente, un plan especial de cesación y mitigación de impactos ambientales derivados de la práctica de la pesca industrial, que incluya distintas medidas técnicamente adecuadas para lograr la recuperación de los ecosistemas vulnerables, deteriorados como consecuencia de la excesiva explotación por parte de sus flotas. Para ello, se requerirá partir de un estudio técnico que ofrezca una caracterización actual de los impactos ambientales generados con la actividad y la concertación con las comunidades interesadas de las medidas de mitigación a implementar.

2- Ordenar a las entidades demandadas, de acuerdo a sus competencias, la adopción de reglamentaciones y otros mecanismos adecuados y efectivos que avancen hacia el control efectivo de la actividad pesquera industrial, orientadas a asegurar el aprovechamiento ambientalmente sostenible y responsable de los recursos pesqueros, y a evitar que los impactos constatados en la presente acción se continúen presentando.

3- Ordenar a las entidades demandadas observar una mayor diligencia en el control de las zonas marítimas, por parte de las autoridades competentes, en orden a evitar el ejercicio de la pesca industrial irresponsable.

4- Ordenar a las entidades demandadas competentes diseñar e implementar, con carácter urgente, un plan de manejo ambiental que establezca medidas y mecanismos óptimos y adecuados para asegurar un ejercicio responsable de la explotación de la pesca industrial en el litoral pacífico chocoano.

5- Debido a los importantes beneficios ambientales, y en especial como consecuencia de los menores impactos ecológicos que genera la actividad pesquera artesanal responsable en los ecosistemas marinos, y atendiendo a las particularidades de las zonas de litoral colombianas, especialmente a los accidentes geográficos y a la ubicación de los habitats merecedores de una especial protección, ordenar la ampliación de la figura de ZEPA, a lo largo de todas las zonas de litoral, y la extensión de su millaje mar adentro. Lo anterior, debido a que el carácter residual y excepcional de la zona exclusiva de pesca artesanal creada para los municipios de Juradó y Bahía Solano, y su precaria extensión frente a las necesidades sociales y ambientales, ponen de presente la necesidad de implementarla en los demás municipios del país y de acuerdo al millaje requerido para asegurar la protección de los ecosistemas.

Y los abogados de la entidad SIEMBRA, van más allá: Conviene precisar que debido al especial interés de las comunidades que representamos en asegurar la anterior protección en el departamento de Chocó, el colectivo solicitó al despacho judicial ordenar la extensión indicada, con carácter prioritario y como mínimo a los demás municipios de la costa pacífica chocoana, esto es a los municipios de Nuquí, Litoral de San Juan y Pizarro, con una importante tradición de pesca artesanal.

En lo relativo a la extensión mar adentro de la zona exclusiva de pesca artesanal, reclaman considerar los estudios propuestos por la Fundación SQUALUS que se anexan a la presente, mediante los cuales se recomienda la ampliación de los límites de la ZEPA a 7 millas náuticas desde la línea más baja de marea, con el fin de proteger al menos el 80% de las áreas marítimas más vulnerables de la zona.

Entidades como la AUNAP, Ministerio de Ambiente, Armada Nacional, Procuraduría General de la Nación y Ministerio de Agricultura acordaron reunirse con el colectivo de pescadores, la industria pesquera, Consejos Comunitarios y autoridades municipales para concertar la nueva ZEPA del Pacífico Norte/ foto: Javier García /Teleafro

En consecuencia, los afectador piden al juez ordenar que la pesca industrial no pueda ser practicada dentro de las primeras 7 millas náuticas y que, tomando esa distancia como mínimo, las instituciones fijen, en coordinación con los sectores artesanales e industriales interesados, un criterio diferenciador entre flotas camaroneras (o arrastreras) y flotas atuneras (o cerqueras), de modo a que estas últimas, dados sus impactos diferenciales asociados, ejerzan su actividad a partir de unos márgenes de millaje más amplios.

Con la adopción de esta medida se pretende la reducción de la presión de embarcaciones industriales sobre los juveniles de las poblaciones de peces que se capturan en la zona; la eliminación de las mallas en la región con el fin de garantizar capturas de ejemplares de mayor tamaño (al menos con talla de primera madurez) e incluso la estimulación en el uso de anzuelos más grandes para que la talla media de captura de las especies se encuentre por encima de la talla mínima de madurez y en el mejor de los casos sobre la talla mediana de madurez; y la destinación de las zonas exclusivas de pesca artesanal como reservorios de larvas y diversidad marina; así mismo emprender de manera prioritaria la definición del ordenamiento nacional pesquero, de manera participativa e incluyente y observando los parámetros internacionales reconocidos sobre la materia, que asegure la práctica responsable de la actividad pesquera industrial y artesanal.

El colectivo demanda que se ordene adicionalmente a las entidades en cuestión, incorporar en esa tarea una perspectiva diferencial capaz de contrarrestar la situación de especial vulnerabilidad en que se encuentran los pescadores artesanales, ya sea por la condición étnica de algunos de ellos, ya sea por la especial situación socio-económica y cultural en la que se encuentran, con los intereses y ventajas materiales de las que goza el sector pesquero industrial.

Para obtener la restitución del derecho colectivo contemplado en el Artículo 4 literal f) de la ley 472 de 1998, esto es el patrimonio cultural de la nación, se requiere la adopción de la siguiente medida restitutoria:

1- Sírvase ordenar, en adición a las medidas solicitadas en el aparte anterior, la implementación de las medidas necesarias que hagan posible el efectivo y pleno disfrute y práctica de la pesca artesanal, contrarrestando las condiciones materiales y jurídicas que constituyen factores de vulnerabilidad para este sector, a lo largo no solo de los municipios de Bahía Solano y Juradó, sino también a todas las áreas de litoral colombiano, en las condiciones que requiera cada zona, atendiendo a sus particularidades geográficas y sociales.

Lo anterior con el propósito de proporcionar una protección especial al sector dedicado a la pesca artesanal, mediante la adopción de medidas con enfoque diferencial que aseguren el pleno ejercicio de su actividad y que sean adecuadas a sus condiciones socio-económicas y culturales, dirigidas entre otras cosas a: la promoción de las organizaciones de pescadores artesanales y de las zonas de pesca artesanal exclusiva; al fortalecimiento de su sector y con éste al de los centros de acopio, procesamiento y despacho de los productos obtenidos, así como al de las cadenas de comercialización; a la promoción de productos pesqueros artesanales, como productos de primera calidad; a la protección prioritaria del consumo local de productos pesqueros artesanales en relación con el industrial; a la lucha contra la pesca ilegal e irresponsable; al robustecimiento del enfoque comunitario en la protección a la actividad de pesca artesanal.

Esperan los reclamantes que el juez ordene a las entidades demandadas, de acuerdo a su competencia, la asignación de apoyo financiero, técnico y logístico a la iniciativa comunitaria consistente en la generación de proyectos productivos en los colegios públicos en los municipios de litoral, así como gestionar proyectos adicionales que permitan asegurar y proteger la vocación pesquera artesanal de estas comunidades, y acudir a los procedimientos correspondientes para aplicar las sanciones a que haya lugar por la violación de la delimitación de la ZEPA de los municipios de Juradó y Bahía Solano, en el departamento de Chocó, por parte de las embarcaciones industriales, desde la fecha de su constitución en 2008 hasta la actualidad”.

FALLO: (apartes)

Ordenase al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, a la Corporación Autónoma para el Desarrollo Sostenible del Chocó y a la Armada Nacional que en el término de cinco (5) meses contados a partir de la ejecutoria de la sentencia elaboren conjuntamente y adopten mancomunadamente en el ámbito de sus respectivas competencias un proyecto integral y detallado donde se estipulen las actividades concretas, idóneas y necesarias que deben llevarse a cabo con el fin de hacer cesar, mitigar, prevenir, controlar y sancionar los impactos ambientales derivados de la práctica de la pesca industrial en el Pacífico colombiano, las que se ejecutarán con el fin de prevenir, conjurar la vulneración y/o amenaza de los derechos colectivos que se amparan con esta decisión, proyecto que deberá ejecutarse dentro de los nueve (9) meses siguientes a su aprobación conjunta por parte de las referidas entidades y/o autoridades públicas…”

Los Consejeros de Estado Nubia Margoth Peña, en su calidad de presidenta, Oswaldo Giraldo López, Hernando Sánchez y Roberto Augusto Serrato, fueron los encargados de surtir la histórica decisión que protege el medio ambiente y reivindica la actividad pesquera y turística de esa región norte del Pacífico colombiano.

El AfroBogotano y TeleAfro, únicos medios presentes en la asamblea celebrada el pasado 5 de abril en las instalaciones del Ministerio de Medio Ambiente, registró la propuesta de ZEPA planteada por Minambiente y acogida por la mayoría de los convocados. El próximo 19 de abril la entidad rectora del medio ambiente en Colombia se comprometió en entregar a los actores la proposición definitiva. Y el 15 de mayo en Bahía Solano, la AUNAP, socializará la propuesta de decreto de la nueva ZEPA acordada.